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Viernes 11 de Septiembre de 2026

La Corte revocó el sobreseimiento de Pata Medina y la causa podría llegar a juicio oral

Política gremial Viernes 11 de Septiembre de 2026
La Corte revocó el sobreseimiento de Pata Medina y la causa podría llegar a juicio oral

El máximo tribunal dejó sin efecto la resolución de Casación que había cerrado la causa contra el ex titular de la UOCRA La Plata y otros acusados por presunta asociación ilícita, lavado de dinero y extorsión. El expediente deberá ser revisado nuevamente y la fiscalía insiste en que el caso avance hacia un debate oral.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó el sobreseimiento de Juan Pablo “Pata” Medina y de los demás imputados en la causa que investiga presuntos delitos de asociación ilícita, lavado de dinero y extorsión, y ordenó que el expediente vuelva a ser analizado por la Cámara Federal de Casación Penal.

La resolución fue firmada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes hicieron lugar a la queja y al recurso extraordinario presentado por el fiscal general ante Casación, Raúl Pleé, y sostenido posteriormente por el procurador general interino, Eduardo Casal.

Con una resolución breve, el máximo tribunal señaló que compartía los fundamentos y conclusiones del procurador y, en consecuencia, dejó sin efecto la sentencia que había confirmado el cierre de la investigación.

El nuevo escenario vuelve a poner sobre la mesa la posibilidad de que la causa avance hacia un juicio oral, una alternativa que es impulsada por el Ministerio Público Fiscal.

Una causa que lleva años en los tribunales

Medina, ex secretario general de la UOCRA La Plata, fue detenido en septiembre de 2017 por orden del entonces juez federal de Quilmes, Luis Armella.

La investigación alcanzó al dirigente sindical, a su hijo Cristián Medina y a otras personas, a partir de acusaciones vinculadas con presuntas maniobras de asociación ilícita, lavado de dinero y extorsión relacionadas con empresarios de la construcción.

En febrero de 2020, Medina obtuvo el beneficio de la prisión domiciliaria y regresó a su vivienda en Ensenada. Al año siguiente fue excarcelado por el Tribunal Oral Federal N°2 de La Plata, aunque bajo una condición específica: no podía participar de actividades sindicales.

Según consta en el expediente, esa restricción fue incumplida y posteriormente volvió a ser detenido.

Cuando la causa parecía encaminarse hacia el debate oral, el escenario judicial cambió de manera abrupta.

El giro de 2022 y la hipótesis de la “Gestapo”

En octubre de 2022, el entonces juez del Tribunal Oral Federal N°2 de La Plata, Alejandro Esmoris, declaró la nulidad de las actuaciones y dictó el sobreseimiento de los acusados.

El magistrado sostuvo que la causa contra Medina podía estar relacionada con una maniobra de inteligencia ilegal vinculada con la denominada “Gestapo antisindical”, investigación que había surgido a partir de una denuncia de la Agencia Federal de Inteligencia durante el gobierno de Alberto Fernández.

El planteo apuntaba a una reunión realizada en 2017 en una sede del Banco Provincia en la Ciudad de Buenos Aires, en la que participaron funcionarios de la administración de María Eugenia Vidal, integrantes de la AFI y empresarios de la construcción.

En ese encuentro, según la investigación conocida públicamente como la causa de la “Gestapo”, se habría discutido la posibilidad de avanzar judicialmente contra Medina.

Esmoris consideró que las acusaciones contra el dirigente sindical podían ser consecuencia de un esquema más amplio de inteligencia ilegal y cuestionó la actuación de distintos funcionarios y el respeto por las garantías del debido proceso.

El juez renunció dos meses después de dictar aquella resolución.

Casación había confirmado el cierre de la causa

La fiscalía apeló el sobreseimiento. Sin embargo, en junio de 2023, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó por mayoría las nulidades y los sobreseimientos.

Los jueces Ángela Ledesma y Alejandro Slokar votaron a favor de mantener el cierre del expediente, mientras que Guillermo Yacobucci se pronunció en disidencia y consideró que la decisión de terminar con la investigación había sido prematura.

La fiscalía llevó entonces el planteo ante la Corte Suprema.

Entre sus argumentos, sostuvo que la causa había sido cerrada sin que se realizara el juicio oral y cuestionó que se utilizaran elementos de otra investigación —la relacionada con la reunión del Banco Provincia— como fundamento suficiente para anular definitivamente el expediente.

Para el Ministerio Público, las objeciones planteadas por las defensas y la discusión sobre el valor de las pruebas debían ser abordadas durante un debate oral y no mediante el cierre anticipado de la causa.

La fiscalía también cuestionó la actuación del juez Armella

Otro de los puntos planteados ante la Corte estuvo relacionado con la actuación del juez federal Luis Armella, quien había ordenado la detención de Medina en 2017.

La fiscalía cuestionó que Casación hubiera considerado afectada su imparcialidad sin identificar, según su postura, actos concretos que permitieran demostrar que el magistrado había direccionado la investigación contra los imputados.

Ahora, la Corte dejó sin efecto la resolución de Casación y dispuso que el expediente sea revisado nuevamente por ese tribunal, con una integración diferente.

La decisión no implica una condena ni determina por sí misma que Medina vaya a juicio oral. El efecto inmediato es que el sobreseimiento quedó sin efecto y la causa deberá continuar su recorrido judicial.

El próximo capítulo quedará nuevamente en manos de la Cámara Federal de Casación Penal, que deberá analizar los planteos de la fiscalía a la luz de lo resuelto por el máximo tribunal.

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