Siley cuestionó a la Corte tras el fallo sobre la Ley de Tierras: “Volvió a darle la espalda al pueblo argentino”
Actualidad Miércoles 30 de Septiembre de 2026
La decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de revocar el fallo que había declarado inconstitucional la derogación de la Ley de Tierras Rurales generó nuevas críticas desde el ámbito sindical y político. Una de las primeras dirigentes en pronunciarse fue la diputada nacional y referente de los trabajadores judiciales, Vanesa Siley, quien cuestionó duramente el criterio adoptado por el máximo tribunal.
La Corte resolvió el martes 29 de septiembre rechazar la demanda promovida por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) contra el artículo 154 del DNU 70/2023. El tribunal sostuvo que la organización no contaba con legitimación suficiente para impulsar la acción y que no estaba configurado un caso o controversia judicial en los términos exigidos por la Constitución.
La resolución, firmada por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Federal de La Plata que había declarado inconstitucional el artículo del decreto mediante el cual el Gobierno derogó la Ley 26.737. La Corte, sin embargo, no se pronunció sobre la constitucionalidad de la derogación en sí misma.
La crítica de Siley
Tras conocerse el fallo, Siley cuestionó el accionar del máximo tribunal y calificó la decisión como una muestra del “servilismo de la mafia judicial” frente al DNU 70/2023 impulsado por el Gobierno de Javier Milei.
“La Corte Suprema de Justicia de la Nación volvió a darle la espalda al Pueblo argentino y a la soberanía nacional”, sostuvo la legisladora.
Según planteó, al rechazar la legitimación del CECIM y revocar la sentencia de la Cámara Federal platense, la Corte dejó nuevamente vigente la derogación de la Ley de Tierras y, desde su perspectiva, debilitó las herramientas destinadas a proteger el territorio frente a la adquisición de tierras por capitales extranjeros.
Siley también cuestionó que el máximo tribunal haya centrado su decisión en cuestiones vinculadas con la legitimación procesal y la existencia de un caso judicial, en lugar de avanzar sobre el planteo de fondo relacionado con la constitucionalidad del DNU.
“Prefieren el escondite procesal antes que ejercer su deber constitucional de ponerle un límite al Poder Ejecutivo”, afirmó.
Qué resolvió la Corte
El fallo tuvo como eje la situación procesal del CECIM. La Corte consideró que la entidad no podía invocar un derecho de incidencia colectiva sobre un bien colectivo para cuestionar la norma y, por esa razón, entendió que no estaba configurado un caso judicial que habilitara el tratamiento de la demanda.
El antecedente se remonta a marzo de 2024, cuando la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata había revocado una decisión anterior y declarado inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/2023. Ese fallo había sido impulsado por la presentación del CECIM contra la derogación de la Ley 26.737.
La normativa derogada establecía restricciones a la propiedad y posesión de tierras rurales por parte de personas y empresas extranjeras, entre ellas un límite del 15% sobre la superficie rural total, además de restricciones vinculadas con nacionalidad y titularidad.
Con la resolución de la Corte, quedó sin efecto aquella sentencia de la Cámara Federal de La Plata. El máximo tribunal, no obstante, dejó expresamente fuera de discusión en este expediente la definición sobre la constitucionalidad del artículo 154.
Una disputa que vuelve al escenario político
Para Siley, el impacto de la resolución trasciende la cuestión procesal y forma parte de una discusión más amplia sobre soberanía, propiedad de la tierra y alcance de las reformas impulsadas por el Gobierno nacional.
“La Corte no actúa como un poder independiente, sino como un engranaje más al servicio del saqueo de los recursos naturales”, afirmó la diputada, en una de las críticas más fuertes realizadas tras conocerse la sentencia.
La dirigente judicial sostuvo además que la discusión sobre la tierra y los recursos naturales continuará siendo parte de la disputa política y social. El fallo, mientras tanto, reabrió el debate sobre los límites a la propiedad rural extranjera y sobre el alcance que tendrá la derogación de la Ley de Tierras dispuesta mediante el DNU 70/2023.















