
La Justicia avaló el despido de una trabajadora que montó un emprendimiento con la misma actividad que su empleadora
Política gremial Martes 22 de Julio de 2025
En un reciente fallo con alto impacto en el ámbito laboral, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo consideró justificado el despido de una trabajadora que inició un emprendimiento propio con idéntica actividad a la de la empresa para la cual prestaba servicios, e incluso en una locación cercana y replicando el mismo formato comercial.
La sentencia ratifica la validez de la decisión empresarial de cesantear a la empleada, al entender que su accionar configuró una competencia directa y desleal, violando deberes fundamentales establecidos en la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).
“La trabajadora organizó e inició la explotación de un emprendimiento con idéntica actividad a la de su empleadora, en una ubicación cercana y con copia del formato y política comercial”, detallaron los magistrados.
Violación al deber de fidelidad y pérdida de confianza
Los jueces sostuvieron que el accionar de la trabajadora quebrantó el deber de fidelidad consagrado en el artículo 88 de la LCT, el cual impide que un trabajador realice actividades que puedan competir con las de su empleador durante la vigencia de la relación laboral.
Asimismo, se resaltó la infracción al artículo 63, que impone el deber de obrar con buena fe y lealtad en el cumplimiento del contrato. Según el tribunal, la conducta generó una grave pérdida de confianza por parte del empleador, lo cual habilita el despido con causa justa.
“Concurrencia prohibida” y copia del modelo comercial
La sentencia también tuvo en cuenta que la empleada alquiló un local comercial para explotar el mismo rubro de negocio que su empleadora, y que copió el formato comercial, política de atención y otros aspectos del modelo de negocio, lo que fue interpretado como una violación al marco de confidencialidad que rige en toda relación laboral.
En palabras del fallo, el emprendimiento personal “podía captar negocios y clientes del establecimiento donde la mujer aún trabajaba, constituyendo una competencia directa y potencialmente perjudicial”.
Precedente legal para otros casos
Este fallo sienta un precedente relevante respecto al límite entre el derecho a emprender y las obligaciones legales que subsisten mientras se mantiene una relación laboral. Para los jueces, la simultaneidad entre el trabajo en relación de dependencia y un negocio propio del mismo rubro y zona, genera una situación incompatible con los deberes contractuales del trabajador.
En definitiva, la Justicia consideró que hubo una injuria laboral grave y una conducta desleal por parte de la empleada, lo cual convalida el despido con causa, sin indemnización.