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Viernes 3 de Julio de 2026

La Justicia revisará los despidos en FATE y mantiene la obligación de pagar salarios a los trabajadores afectados

Política gremial Viernes 3 de Julio de 2026
La Justicia revisará los despidos en FATE y mantiene la obligación de pagar salarios a los trabajadores afectados

La disputa judicial entre la fabricante de neumáticos FATE y el Sindicato Único de Trabajadores del Neumático Argentino (SUTNA) continúa abierta y sumó una nueva instancia clave. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo deberá ahora pronunciarse sobre la legalidad de los despidos producidos tras el cierre de la planta de San Fernando, mientras se mantiene vigente la obligación de la empresa de abonar los salarios de los trabajadores alcanzados por una medida cautelar.

La decisión se produjo luego de que el Juzgado Nacional del Trabajo N.º 17 remitiera el expediente a la Sala II de la Cámara para que analice el fondo de la controversia. El eje del debate gira en torno a la validez de las cesantías y del cierre de la planta industrial, una medida que afectó a cientos de operarios y derivó en uno de los conflictos laborales más importantes del sector manufacturero en los últimos meses.

Hasta que exista una resolución definitiva, continuará vigente la cautelar que obliga a la compañía a seguir abonando los salarios de los trabajadores comprendidos en la medida judicial. La continuidad de esos pagos representa un respaldo económico para quienes permanecen a la espera de una definición sobre su situación laboral.

Desde el SUTNA celebraron la resolución y remarcaron que la decisión judicial evita que los trabajadores queden sin ingresos durante el desarrollo del proceso. Además, adelantaron que buscarán ampliar el alcance de la protección para que otros empleados afectados por el conflicto también puedan acceder a los mismos beneficios.

El origen de la disputa se remonta a febrero, cuando la empresa anunció el cierre definitivo de su establecimiento en San Fernando. La medida impactó sobre cerca de un millar de trabajadores y fue justificada por la firma en función de dificultades económicas, caída de la rentabilidad, aumento de la competencia externa y un escenario productivo que consideró insostenible.

La posición sindical es diametralmente opuesta. El gremio sostiene que la empresa incumplió compromisos asumidos previamente en acuerdos homologados y denuncia que la paralización de la actividad respondió a una decisión empresarial orientada a modificar las condiciones del conflicto laboral.

En ese contexto, la Justicia ya había intervenido anteriormente mediante resoluciones cautelares que ordenaron el pago de haberes y el cumplimiento de obligaciones asumidas por la compañía. También se dispusieron medidas patrimoniales para garantizar eventuales créditos laborales mientras se sustancia el proceso.

La definición que adopte la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo será determinante para el futuro del conflicto. Además de establecer la validez o invalidez de los despidos, el fallo podría sentar un precedente relevante respecto de los alcances de los acuerdos colectivos, las responsabilidades empresariales frente a cierres de establecimientos y la protección de los trabajadores en situaciones de crisis productiva.

Mientras tanto, la tensión entre la empresa y el sindicato permanece vigente, con los trabajadores aguardando una resolución que podría tener consecuencias directas sobre la continuidad de sus derechos laborales y económicos.

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