
La Corte Suprema exime a directivos de responsabilidad patrimonial por deudas laborales de sus empresas
Actualidad Sábado 12 de Julio de 2025
La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) emitió un fallo clave en el ámbito del derecho laboral y societario, al determinar que los directivos de una empresa no son automáticamente responsables con su patrimonio personal por las deudas laborales de la compañía que integran. La decisión fue adoptada en el caso «Oviedo, Javier Darío vs. Telecom Argentina S.A. y otros s/ despido» y marca un nuevo precedente judicial en la materia.
El conflicto se originó cuando la Justicia del Trabajo determinó que Telecom Argentina S.A. había interpuesto de forma fraudulenta a otras dos empresas (Tel 3 S.A. y Cotelar S.R.L.) para ocultar la verdadera relación laboral con el trabajador demandante. A raíz de ello, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo no solo condenó solidariamente a las tres compañías, sino que también extendió la responsabilidad a varios directores de Telecom, entre ellos Enrique Garrido, Andrea Mangoni y Gerardo Werthein, bajo el argumento de que conocían y avalaban maniobras para evadir las obligaciones laborales.
Sin embargo, la Corte Suprema descalificó esa sentencia por considerar que fue “arbitraria” y que se basó en afirmaciones sin una adecuada valoración de pruebas concretas. El fallo destaca que, tratándose de una empresa de gran envergadura, no puede presumirse automáticamente que los miembros del directorio conocían o aprobaban todos los actos administrativos o contractuales.
El máximo tribunal, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, remarcó que la personalidad jurídica de las sociedades implica una separación clara entre la empresa y sus administradores. Y que sólo en casos debidamente comprobados de mal desempeño o negligencia puede avanzarse sobre los bienes personales de los directores.
Además, la Corte recordó que el “estándar del buen hombre de negocios” varía según el tipo y tamaño de empresa, y que en organizaciones complejas la función de los directivos consiste más en diseñar sistemas de control y auditoría que en fiscalizar cada decisión operativa.
La sentencia fue celebrada en el ámbito empresario, ya que aporta seguridad jurídica y desalienta litigios que pretendan comprometer patrimonios personales sin fundamentos sólidos. Desde ahora, atribuir responsabilidad personal a directivos exigirá pruebas claras de que actuaron con dolo o negligencia manifiesta en el ejercicio de sus funciones.
Este fallo podría marcar un punto de inflexión en futuras demandas laborales, al reforzar el principio de separación entre la persona jurídica y sus administradores, y limitar los casos en los que puede aplicarse la responsabilidad solidaria por deudas laborales.