Siley impulsa la derogación del FAL y cuestiona el destino de los aportes a la seguridad social
Actualidad Domingo 27 de Septiembre de 2026
La diputada de Unión por la Patria presentó un proyecto para eliminar el Fondo de Asistencia Laboral antes de su entrada en vigencia. La iniciativa también lleva las firmas de Sergio Palazzo, Mario Manrique, Hugo Moyano, Hugo Yasky y José Gómez. Desde el oficialismo, el FAL fue diseñado como un mecanismo para asistir a los empleadores privados en el cumplimiento de obligaciones indemnizatorias.
La discusión por la reforma laboral sumó un nuevo capítulo en el Congreso. La diputada nacional Vanesa Siley presentó un proyecto para derogar el Título II de la Ley 27.802, que creó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), cuyo régimen tiene prevista su entrada en vigencia para el 1° de noviembre de 2026.
La iniciativa lleva también las firmas de los diputados Sergio Palazzo, Mario Manrique, Hugo Moyano, Hugo Yasky y José Gómez, todos integrantes del bloque Unión por la Patria. El proyecto fue registrado bajo el expediente 4963-D-2026 y girado a las comisiones de Legislación del Trabajo y Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados.
Siley cuestionó duramente el mecanismo y lo definió como “las nuevas AFJP”, al advertir sobre el impacto que, según su interpretación, podría tener sobre el financiamiento de la seguridad social.
Cómo funcionaría el Fondo de Asistencia Laboral
El FAL fue creado por los artículos 58 a 77 de la Ley de Modernización Laboral. La norma establece que los fondos estarán destinados a contribuir al cumplimiento de determinadas obligaciones laborales e indemnizatorias de los empleadores del sector privado.
El esquema contempla una contribución mensual del 1% de las remuneraciones computables para las grandes empresas y del 2,5% para las MiPyMEs. La ley establece además que esos porcentajes podrían ser incrementados bajo determinadas condiciones fiscales y con aprobación de la Comisión Bicameral de Control de Fondos de la Seguridad Social.
Los recursos serán administrados mediante fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros a través de entidades habilitadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV). El decreto reglamentario establece que cada empleador deberá seleccionar una entidad habilitada y el vehículo de inversión colectiva correspondiente para abrir su cuenta individual dentro del sistema.
La propia CNV reglamentó en septiembre los productos de inversión colectiva destinados a estos fondos, completando parte del esquema operativo previsto por la reforma.
El cuestionamiento de Siley
El eje de la crítica de los legisladores que impulsan la derogación está puesto en el origen de los recursos destinados al FAL.
Según los fundamentos del proyecto, la reducción de contribuciones patronales asociada al mecanismo implicaría que una parte de recursos que actualmente ingresan al sistema de seguridad social sea destinada al nuevo fondo. Los firmantes sostienen que esto podría afectar el financiamiento del SIPA, PAMI, el Fondo Nacional de Empleo y las asignaciones familiares.
Para Siley, el mecanismo constituye una forma de derivar recursos hacia instrumentos administrados dentro del mercado de capitales. En esa línea, cuestionó que fondos vinculados con derechos laborales puedan terminar siendo administrados mediante vehículos de inversión.
La legisladora también vinculó esta discusión con el debate sobre la sustentabilidad futura del sistema previsional y advirtió que una reducción de los recursos destinados a la seguridad social podría convertirse posteriormente en un argumento para discutir modificaciones sobre el régimen jubilatorio.
El oficialismo lo plantea como una herramienta para las indemnizaciones
La normativa establece, sin embargo, que el objetivo específico del FAL es asistir al empleador en el cumplimiento de determinadas obligaciones indemnizatorias. La ley aclara expresamente que el régimen no modifica ni sustituye el sistema indemnizatorio vigente.
Los fondos estarán destinados exclusivamente a las obligaciones contempladas por la legislación laboral y, de acuerdo con la reglamentación, alcanzarán a empleadores del sector privado. Quedan fuera determinadas relaciones laborales expresamente excluidas por la ley.
El Gobierno avanzó durante 2026 con la reglamentación del sistema y posteriormente la CNV estableció las condiciones para la creación y administración de los vehículos de inversión que canalizarán los recursos del FAL.
Una disputa que llegará al Congreso
El proyecto presentado por Siley busca eliminar íntegramente el Título II de la Ley 27.802, que comprende los artículos 58 a 77 y establece el funcionamiento del Fondo de Asistencia Laboral.
La iniciativa deberá ahora atravesar el debate en las comisiones de Diputados antes de llegar eventualmente al recinto.
El planteo vuelve a colocar en el centro de la discusión legislativa uno de los puntos más controvertidos de la reforma laboral: mientras sus impulsores presentan al FAL como un mecanismo de previsión y financiamiento para afrontar futuras indemnizaciones, sus detractores cuestionan el impacto que podría tener sobre los recursos de la seguridad social y la utilización de instrumentos del mercado de capitales para administrar esos fondos.
Con la fecha de implementación prevista para el 1° de noviembre, la disputa parlamentaria se desarrollará durante las próximas semanas con el mecanismo todavía pendiente de entrar plenamente en funcionamiento.















